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A pocos días de iniciar el 2022, el Ministerio de Salud y Protección Social, anunció algunos cambios y nuevos lineamientos respecto a la pandemia de COVID-19 en Colombia. Uno de estos cambios, son los criterios a tener en cuenta para la toma de pruebas COVID-19.
De acuerdo a lo que expresó el Ministerio, la decisión la tomaron teniendo en cuenta que la variante Ómicron es ahora la de mayor circulación en el país y hasta ahora, dicha variante genera síntomas leves y pocas complicaciones. Además, gran parte de los colombianos ya cuenta con al menos una dosis de la vacuna contra el virus.
Bajo esos criterios, el Ministerio señaló que, en caso de presentar síntomas, si es una persona menor de 60 años, la realización de la prueba queda a criterio médico, pero que la recomendación es solo guardar el aislamiento; dado que la sintomatología ya es una evidencia concluyente de la posibilidad de presencia de una infección por la variante Ómicron y, por ende, podrá realizarse el diagnóstico con criterios clínicos con nexo epidemiológico.
En caso de que la persona que presenta síntomas sea mayor de 60 años, niño menor de tres años o tenga alguna comorbilidad, debe consultar a su EPS o a su IPS de referencia para que se les haga el respectivo seguimiento y la prueba diagnóstica, de acuerdo con el criterio médico y, si es el caso, se realicen los exámenes que sean necesarios, para hacer ese seguimiento estricto, dado su mayor riesgo de complicaciones.
Si una persona se identifica como contacto estrecho de un caso sospechoso o confirmado, pero no presenta síntomas y tiene esquema de vacunación completo, no es necesario realizarse una prueba diagnóstica.
Pero si se trata del personal de salud, en caso de presentar síntomas o tener cualquier tipo de sospecha de contagio, sí debe realizarse una prueba para confirmar diagnóstico. O también se les realizan las pruebas en el marco del estudio de brotes ocupacionales, independiente de su estatus de vacunación o sintomatología.